Ciudad de México.- El Tribunal dio a las empresas un plazo de 72 horas para dar al INE el nombre y domicilio de los titulares de las líneas telefónicas desde las que se hicieron llamadas contra Andrés Manuel López Obrador, en la etapa de campañas.
con respecto a este tema, es algo que tiene sus pros y sus contras, tanto para las empresas de Telecomunicaciones como para la parte afectada en este caso Andrés Manuel López Obrador.
Como bien sabemos las políticas de las empresas de Telecomunicaciones tiene establecido no divulgar información de sus clientes, las normas mencionan que para su divulgación debe mediar consentimiento del titular. La racionalidad de su utilización implica que los datos deben ser utilizados para los fines para los que fueron recolectados. Además, la información solo deberá ser conservada por un período razonable para la consecución de los fines para los cuales fue recolectada, esto protege al consumidor de las empresas de Telecomunicaciones y le permite estar tranquilo de que su información no sera divulgada.
Asimismo, la confidencialidad y seguridad de la información que debe garantizar que la información personal, solo será tratada por personas autorizadas, y esta información estará protegida contra destrucción, pérdida, alteración o difusión, accesos no autorizados, utilización fraudulenta, etc.
aunque considerando estas políticas de protección para los consumidores de Telecomunicaciones, entra la ventaja del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en donde exige y ordena a las empresas de Telecomunicaciones a dar conocimiento de los datos de las personas que han realizado acciones y comentarios en contra de Andrés Manuel López Obrador, quien también esta en su derecho de seguridad hacia su personal.
Se debería llegar a un acuerdo entre estas dos partes para que ninguno de éstos se vea afectado y puedan realizar todas las actividades necesarias para la sanción a quien corresponde.